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Europa condena a España por el proyecto del Segarra-Garrigues

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DIARIO LA MONTAÑA

(19/12/2007)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictó ayer sentencia en contra del Estado español por la construcción del canal Segarra-Garrigues. El TUE considera que esta infraestructura incumple la legislación europea vigente en materia de protección de las aves silvestres. En la condena se dice textualmente que a la hora de autorizar el proyecto del regadío España ha incumplido la obligación “de adoptar las medidas adecuadas para evitar los daños prohibidos en las zonas afectadas por dicho proyecto”, en referencia a la normativa de conservación de aves.
La sentencia, que obliga a España a pagar parte de los costes del proceso, recuerda la obligación de los países miembros de crear zonas de especial protección de aves esteparias (Zepas) y la obligatoriedad de proteger el hábitat y evitar la contaminación y el deterioro. También destaca las respuestas “poco convincentes” que proporcionó el Estado español a las solicitudes de la Unión Europea para que aplicase la normativa y se definiesen las zonas protegidas, tanto en 2001 como en 2005, lo que provocó que se presentase el recurso ante el Tribunal de Luxemburgo.
El texto también recoge que no es válido el argumento que sostiene España de que se trata de un proyecto que tiene “una importancia considerable para el desarrollo económico y social del territorio afectado”.

El caso se remonta al año 2001, cuando la organización ecologista SEO/Birdlife presentó una queja a la Unión Europea denunciando que la construcción del Segarra-Garrigues afectaría negativamente al hábitat de algunas aves silvestres. La Comisión Europea consideró que la Generalitat, entonces gobernada por CiU, no había aplicado las medidas de protección suficientes y elevó la queja a un recurso en el Tribunal Europeo que hasta el días de ayer no dictó sentencia.
A la hora de realizar una valoración de dicha sentencia, las interpretaciones realizadas por los distintos agentes implicados en el proceso fueron muy dispares.
Por un lado, el Govern de la Generalitat y la empresa pública “Regs del Segarra-Garrigues” (Regsega) consideran que la sentencia no paralizará las obras en ningún caso y que ésta se basa en la planificación de la infraestructura realizada en 2001. En este sentido se manifestó el responsable de Regsega, Ramón Vilalta, que aseguró que el actual Govern siempre ha manifestado la voluntad de compatibilizar el regadío con la conservación de las aves.
Vilalta afirmó, en este sentido, que desde el 2001 se han realizado varias actuaciones para mejorar la planificación inicial, como la declaración de zonas Zepa de más de 38.000 hectáreas de zona afectada por el canal Segarra-Garrigues, la compra de la finca de Mas de Melons o la puesta en marcha de distintos planes de gestión para la conservación de los hábitats de las aves esteparias que están en peligro.
Por su parte, el conseller de Governació i Obres Públiques, Joan Puigcercós, también explicó que las obras no se pararán y que el Govern trabajará junto a Regsega para que “se haga la previsión de zonas de protección de aves que pide la sentencia de la UE”.
La interpretación más catastrófica de la sentencia la hizo el eurodiputado de Iniciativa per Catalunya els Verds (ICV), Raül Romeva, que considera que el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea obliga a redefinir el trazado del futuro canal Segarra-Garrigues para evitar que la infraestructura afecte a las zonas que deberían estar protegidas. Para el diputado ecosocialista la sentencia “cierra el debate” sobre esta cuestión, y podría obligar a parar las obras para modificar el proyecto. Romeva comentó que esto “nos debería hacer reflexionar sobre como se llevan a cabo algunas obras” y añadió que “se debería aplicar un criterio preventivo en algunos proyectos”.
Finalmente, el portavoz de la organización ecologista Ipcena, Joan Vázquez, que está al lado de SEO/Birdlife en esta queja, valoró muy positivamente la sentencia del TUE ya que “no pasa cada día que el tribunal de Luxemburgo dictamine que un Estado, en este caso el español y la Generalitat, hayan vulnerado la normativa medioambiental europea”.
Vázquez considera que el fallo reconoce que las Zepas no son suficientes, ni en el 2001, ni con la posterior ampliación aprobada el 2006. Aún así, el ecologista reconoció que la sentencia “define de forma poco aclaratoria” las actuaciones que deberá llevar a cabo el Gobierno español, aunque se mostró convencido que “a estas alturas no se pararán las obras ni se modificará el trazado”. Por otra parte, Vázquez sí que ve en la sentencia la capacidad de obligar una ampliación de las zonas Zepa hasta unas 40.000 hectáreas. Según el ecologista, actualmente sólo hay unas 25.000. El portavoz de Ipcena explicó que próximamente se reunirá con las distintas entidades ecologistas implicadas en el caso para valorar esta decisión.

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